BÚSQUEDA DE JURISPRUDENCIA

Gastos hipotecarios

Describe la cuestión o los hechos relevantes. Consulta las resoluciones disponibles y comprueba sus fuentes oficiales.

Buscamos en las fuentes de España y de la Unión Europea, sin que tengas que elegir un tribunal.

Búsqueda de ejemplo · Resultados preparados el 23/10/2026. Ver otras búsquedas de ejemplo

10 resoluciones en esta página, de 19 seleccionadas

Resolución de referencia citada: 857/2024 · Citada por 8 resoluciones de la selección. No se ha incorporado como resultado propio; su contenido solo consta en las citas de otras resoluciones.

CGPJ — CENDOJ · Sala de lo Civil Nº de Resolución: 66/2026ROJ: ATS 8473/2026

ATS, a 22 de septiembre de 2026 - ROJ: ATS 8473/2026

Se reitera la doctrina contenida en la sentencia de pleno 857/2024, de 14 de junio, según la cual "salvo en aquellos casos en que la entidad prestamista pruebe que, en el marco de sus relaciones contractuales, ese concreto consumidor pudo conocer en una fecha anterior que esa estipulación (cláusula de gastos) era abusiva, el día inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de gastos hipotecarios indebidamente pagados por un consumidor será el de la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula que obligaba a tales pagos". En este caso al no haber quedado probado el conocimiento por los consumidores de la abusividad de la cláusula de gastos en momento anterior al ejercicio de la acción de nulidad de dicha cláusula, la acción de restitución no se considera prescrita

ATS, a 22 de septiembre de 2026 - ROJ: ATS 8473/2026 · ECLI:ES:TS:2026:8473A · ROJ: ATS 8473/2026 · Recurso: 3599/2023
Documento oficial
CGPJ — CENDOJROJ: SAP IB 557/2026

SAP Baleares, a 17 de marzo de 2026 - ROJ: SAP IB 557/2026

Préstamo hipotecario. Cláusulas abusivas. Cláusula gastos. Acción de restitución: prescripción. Fecha de inicio del cómputo. Carga de la prueba de la fecha en la que el consumidor tuvo conocimiento de la abusividad de la cláusula.

SAP Baleares, a 17 de marzo de 2026 - ROJ: SAP IB 557/2026 · ECLI:ES:APIB:2026:557 · ROJ: SAP IB 557/2026 · Recurso: 536/2025
Documento oficial
CGPJ — CENDOJROJ: SAP LE 1853/2025

SAP León, a 13 de noviembre de 2025 - ROJ: SAP LE 1853/2025

Préstamo hipotecario. Cláusulas abusivas. Cláusula gastos. Acción de nulidad. Acción de restitución: prescripción de la acción. Inicio del cómputo del plazo: desde que se hizo el pago (contrato anterior a la entrada en vigor de la Directiva 93/13 UE).

Supuesto específico: Inicio del cómputo del plazo: desde que se hizo el pago (contrato anterior a la entrada en vigor de la Directiva 93/13 UE).

SAP León, a 13 de noviembre de 2025 - ROJ: SAP LE 1853/2025 · ECLI:ES:APLE:2025:1853 · ROJ: SAP LE 1853/2025 · Recurso: 514/2025
Documento oficial
CGPJ — CENDOJROJ: SAP BU 954/2025

SAP Burgos, a 13 de noviembre de 2025 - ROJ: SAP BU 954/2025

Préstamo hipotecario. Cláusula de repercusión de gastos al prestatario. Acción de restitución. Prescripción. Inicio del cómputo del plazo: desde que tuvo conocimiento de la abusividad de la cláusula con la reclamación extrajudicial.

SAP Burgos, a 13 de noviembre de 2025 - ROJ: SAP BU 954/2025 · ECLI:ES:APBU:2025:954 · ROJ: SAP BU 954/2025 · Recurso: 318/2025
Documento oficial
TJUE — CURIA / CELLARECLI:EU:C:2024:362

Sentencia del Tribunal de Justicia — ECLI:EU:C:2024:362

bonar a los recurrentes en el litigio principal las cantidades que habían pagado en concepto de gastos de notaría, registro de la propiedad y gestoría, más sus intereses legales desde la fecha en que hicieron tales pagos. 12 La Audiencia Provincial de Barcelona estimó en parte el recurso de apelación interpuesto por Banco Santander contra la resolución de primera instancia, al considerar prescrita la acción de reclamación de las cantidades abonadas en virtud de la cláusula de gastos. En efecto, el tribunal de apelación consideró que el día inicial para el cómputo del plazo de prescripción de la acción de restitución de esas cantidades era aquel en que los recurrentes en el litigio principal habían hecho los pagos indebidos, esto es, el momento en que se celebró su contrato de préstamo hipotecario, en el año 1999, y que habían transcurrido más de quince años desde aquel momento. 13 Los recurrentes en el litigio principal interpusieron recurso de casación contra esa sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona ante el Tribunal Supremo, que es el tribunal remitente. En apoyo de su recurso de casación, sostienen que de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia resulta que el día inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución de las cantidades pagadas en virtud de una cláusula abusiva no puede ser el de la celebración del contrato que contiene esa cláusula. 14 El tribunal remitente alberga dudas sobre la fecha en que se inicia el plazo de prescripción de una acción de restitución de cantidades pagadas en virtud de una cláusula abusiva en el contexto de la Directiva 93/13. 15 Según dicho tribunal, señalar como inicio de ese plazo la fecha de la resolución judicial que determina que la cláusula contractual de que se trate es abusiva y que declara su nulidad parece incompatible con el principio de seguridad jurídica, ya que, en la práctica, esa solución conferiría a la acción de restitución el carácter de imprescriptible. En efecto, en su opinión, puesto que, en tal hipótesis, el plazo de prescripción de la acción de restitución no podría comenzar hasta que se hubiera estimado una acción de nulidad de tal cláusula y esta última acción es imprescriptible en el Derecho nacional, por tratarse de una nulidad absoluta, sería posible que el plazo de prescripción de la acción de restitución nunca llegara a empezar a correr; además, el principio de seguridad jurídica se vería gravemente comprometido si este criterio diera lugar a reclamaciones relativas a contratos cuyos efectos pudieran estar extinguidos desde hace décadas. 16 Así las cosas, el tribunal remitente se pregunta si como fecha inicial del plazo de prescripción de la acción de restitución no debería quizá

Sentencia del Tribunal de Justicia — ECLI:EU:C:2024:362 · ECLI:EU:C:2024:362
Documento oficial
CGPJ — CENDOJROJ: SAP GC 186/2020

SAP Las Palmas, a 23 de enero de 2020 - ROJ: SAP GC 186/2020

Préstamo hipotecario. Consumidores. Cláusulas abusivas. Acción de nulidad de cláusula de gastos. Prescripción de la acción restitutoria: inexistencia. Estimación de la acción. Efectos de la nulidad. Criterio impositivo de costas.

SAP Las Palmas, a 23 de enero de 2020 - ROJ: SAP GC 186/2020 · ECLI:ES:APGC:2020:186 · ROJ: SAP GC 186/2020 · Recurso: 1251/2018
Documento oficial
CGPJ — CENDOJROJ: SAP TF 1410/2026

SAP Santa Cruz de Tenerife, a 04 de junio de 2026 - ROJ: SAP TF 1410/2026

Desestimación de recurso de apelación sobre nulidad de cláusula en contrato de préstamo hipotecario. El tribunal examina un recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia que había declarado la nulidad de una cláusula de gastos en un contrato de préstamo hipotecario, obligando a la entidad demandada a devolver una cantidad específica. La parte demandada argumenta que el plazo de prescripción para la acción de reclamación debería comenzar desde la formalización del contrato, lo que, según su criterio, evitaría inseguridad jurídica. En contraposición, la parte actora sostiene que la acción de nulidad es imprescriptible y que el plazo de prescripción para la restitución comienza con la declaración judicial de nulidad. El tribunal, al analizar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, concluye que el plazo de prescripción para la acción de restitución comienza a contar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula abusiva, y no desde la fecha de formalización del contrato. Dado que la parte demandada no ha probado que la consumidora tuviera conocimiento previo de la abusividad de la cláusula, se desestima el recurso de apelación y se confirma la sentencia de instancia. El fallo del tribunal es, por tanto, la desestimación del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada

SAP Santa Cruz de Tenerife, a 04 de junio de 2026 - ROJ: SAP TF 1410/2026 · ECLI:ES:APTF:2026:1410 · ROJ: SAP TF 1410/2026 · Recurso: 489/2024
Documento oficial
CGPJ — CENDOJROJ: SAP TF 1437/2026

SAP Santa Cruz de Tenerife, a 01 de junio de 2026 - ROJ: SAP TF 1437/2026

Desestimación de recurso de apelación sobre nulidad de cláusula en contrato hipotecario. El tribunal examina un recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia que declaró la nulidad de una cláusula de gastos en un contrato de préstamo hipotecario y condenó a la entidad demandada al abono de ciertas cantidades. La parte demandada argumenta que el plazo de prescripción de la acción de reclamación debería comenzar desde el momento en que se realizaron los pagos de los gastos, alegando que la acción ya estaba prescrita al momento de interponer la demanda. Por su parte, la parte actora sostiene que la acción de nulidad es imprescriptible y que el plazo de prescripción para la restitución de gastos comienza a contar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad. El tribunal, al considerar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, concluye que el plazo de prescripción para la acción de restitución de gastos hipotecarios comienza a contar desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula abusiva, desestimando así la excepción de prescripción planteada por la parte demandada. En consecuencia, se confirma la sentencia de instancia y se desestima el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, condenándola en costas. El fallo del tribunal es, por tanto, la desestimación del recurso de apelación y la confirmación de la resolución apelada

SAP Santa Cruz de Tenerife, a 01 de junio de 2026 - ROJ: SAP TF 1437/2026 · ECLI:ES:APTF:2026:1437 · ROJ: SAP TF 1437/2026 · Recurso: 351/2024
Documento oficial
CGPJ — CENDOJROJ: SAP TF 1105/2026

SAP Santa Cruz de Tenerife, a 05 de mayo de 2026 - ROJ: SAP TF 1105/2026

Desestimación de recurso de apelación sobre nulidad de cláusula en contrato hipotecario. En el presente caso, se analiza un recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia que había estimado parcialmente la demanda de nulidad de cláusulas en un contrato de préstamo hipotecario. La parte demandante solicitó la nulidad de la cláusula de comisión de apertura y la devolución de cantidades cobradas indebidamente, mientras que la parte demandada argumentó que la acción estaba prescrita y que la cláusula era válida. El tribunal, al examinar el recurso, determinó que el plazo de prescripción para la acción de restitución de gastos no comenzaba a contar desde el pago, sino desde la firmeza de la sentencia que declaraba la nulidad de la cláusula, conforme a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Así, se desestimó la excepción de prescripción y se confirmó la nulidad de la cláusula de gastos, considerando que la cláusula de comisión de apertura no cumplía con los requisitos de transparencia y equidad exigidos por la normativa aplicable. En consecuencia, se revocó parcialmente la sentencia apelada, declarando la nulidad de la cláusula de comisión de apertura y condenando a la parte demandada a restituir la cantidad correspondiente. El fallo concluye con la desestimación del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada y la estimación íntegra de la impugnación formulada por la parte demandante, confirmando la nulidad de la cláusula de apertura y condenando a la parte demandada a las costas procesales

SAP Santa Cruz de Tenerife, a 05 de mayo de 2026 - ROJ: SAP TF 1105/2026 · ECLI:ES:APTF:2026:1105 · ROJ: SAP TF 1105/2026 · Recurso: 110/2024
Documento oficial
CGPJ — CENDOJROJ: SAP TF 1074/2026

SAP Santa Cruz de Tenerife, a 29 de abril de 2026 - ROJ: SAP TF 1074/2026

Desestimación de recurso de apelación sobre nulidad de cláusula en contrato hipotecario. El tribunal examina un recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, una entidad bancaria, contra la sentencia de un juzgado de primera instancia que declaró la nulidad de una cláusula de gastos en un contrato de préstamo hipotecario y condenó a la entidad a restituir ciertos gastos a los consumidores. La parte apelante argumenta que la acción de restitución está sujeta a un plazo de prescripción que ya había expirado y solicita la suspensión del procedimiento debido a una cuestión prejudicial planteada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el inicio del cómputo del plazo de prescripción en casos de cláusulas abusivas. Por su parte, la parte apelada sostiene que la acción no ha prescrito, basándose en la jurisprudencia que establece que el plazo de prescripción debe comenzar a contarse desde la declaración de nulidad de la cláusula, momento en el que el consumidor toma conocimiento de su abusividad. El tribunal, tras analizar la jurisprudencia del TJUE y del Tribunal Supremo, concluye que el plazo de prescripción para la acción de restitución comienza a contarse desde la firmeza de la sentencia que declara la nulidad de la cláusula abusiva, y no desde el momento del pago. Al no haber probado la parte demandada que los consumidores conocieran la abusividad de la cláusula antes de la declaración de nulidad, se confirma la desestimación del recurso de apelación

SAP Santa Cruz de Tenerife, a 29 de abril de 2026 - ROJ: SAP TF 1074/2026 · ECLI:ES:APTF:2026:1074 · ROJ: SAP TF 1074/2026 · Recurso: 109/2024
Documento oficial